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La nueva ley de Emprendedores





Hace unas semanas se aprobó el anteproyecto de la nueva Ley de Emprendedores y es importante conocer en qué factores afecta de manera más directa a todas aquellas personas que estén valorando la posibilidad de constituirse como autónomos.  Por eso vamos a hacer una revisión sobre los siete puntos más importantes de este nuevo proyecto aprobado.

  1. El primer punto es la rapidez, pues permite constituir y solventar todos los trámites para la creación de una empresa en 24 horas con un coste de 40 euros.
  2. Otro punto fundamental es la reducción de cotizaciones para las personas que estén pluriempleadas y para aquellos que combinen su actividad por cuenta ajena con otra por cuenta propia, buscando así un aumento en las altas de personas en este sistema que, a día de hoy y por el coste que supone, no lo hacen.  
  3. El tercer punto reseñable es el hecho de que el IVA no se pagará hasta que no se haya cobrado la factura, buscando así favorecer a las pymes y autónomos.  
  4. Surgen dos nuevos modelos de sociedades: el emprendedor de responsabilidad limitada (las personas físicas puedan evitar que la responsabilidad derivada de sus deudas afecte a determinados bienes considerados esenciales, como la vivienda o un vehículo de uso familiar) y la sociedad limitada de responsabilidad sucesiva (que no tendrá capital mínimo y se regirá por la misma normativa que la Sociedad de Responsabilidad Limitada )   
  5. Se impulsa la internacionalización de las empresas, liberalizando y agilizando los permisos de residencia para inversores y emprendedores extranjeros con proyectos de más de un millón de euros.  También se agilizarán los documentos para trabajadores que efectúen movimientos intraempresariales, profesionales cualificados e investigadores, junto con sus cónyuges e hijos menores, etc.  
  6. Ventajas fiscales para empresas empresas con un negocio inferior a los 10 millones de euros, las compañías de nueva creación y otras empresas que formen parte de un grupo más grande de sociedades, teniendo derecho a una deducción del 10% en el Impuesto de Sociedades de los beneficios reinvertidos.
  7. Y por último se ofrecerán nuevas de financiación, favoreciendo un mercado alternativo en el que las compañías de menor tamaño puedan invertir entre ellas sin necesidad de escriturar públicamente dichas emisiones.
Más información en:   ¿Es momento de emprender?